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Nueva reforma de la Ley 10/2010

La reciente reforma de la Ley 10/2010 ha introducido importantes cambios con el acceso y uso del Registro de Titularidades Reales. Estas modificaciones tienen como objetivo mejorar la transparencia y la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Desde el departamento de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo de UBT Legal & Compliance, hemos recopilado algunas de las novedades más relevantes:

  1. Obligación de inscripción en el Registro: La reforma establece la obligación de inscribir en el Registro de Titularidades Reales a todas aquellas entidades y personas jurídicas que ostenten una titularidad real. Esto incluye a los titulares reales o beneficiarios finales (Ultimate Beneficial Owner). Es decir, a aquellas personas que poseen o controlan, directa o indirectamente, más del 25% del capital o los derechos de voto de una entidad.

Objetivos de las actualizaciones en el Registro de Titularidades Reales

Esta medida busca aumentar la transparencia y facilitar la identificación de las personas que realmente están detrás de las estructuras empresariales.

  • Derecho de acceso al Registro: El acceso al Registro de Titularidades Reales se limita a las autoridades competentes y a determinadas entidades y profesionales obligados (sujetos obligados) a cumplir con la normativa de prevención del blanqueo de capitales. Esta también afecta a aquellos sujetos que puedan demostrar un interés legítimo en su conocimiento. La regulación garantiza el acceso universal al Registro para cumplir con las obligaciones de Diligencia Debida de todos los sujetos obligados sin excepciones.

Con esta restricción se busca preservar la confidencialidad de la información contenida en el Registro y evitar posibles usos indebidos de los datos.

Deber de debida diligencia en sujetos obligados

Por otra parte, la reforma también regula el deber de diligencia debida de los sujetos obligados. Esto significa que las entidades y profesionales deben realizar una evaluación exhaustiva de sus clientes, proveedores y socios comerciales. Esto tiene el objetivo de garantizar que no estén involucrados en actividades ilícitas. Se establecen pautas claras sobre cómo llevar a cabo esta diligencia debida, incluyendo la recopilación de información, verificación de identidad y evaluación de riesgos. Ahora bien, se exceptúan los casos de relaciones de negocios o clientes sometidos a medidas simplificadas de diligencia debida y siempre que la información obtenida sea razonablemente satisfactoria y no ofrezca motivos de sospecha.

  • Uso de la información del Registro: La reforma establece que la información obtenida del Registro de Titularidades Reales solo podrá utilizarse para fines relacionados con la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Esto implica que las entidades y profesionales que accedan a la información del Registro deberán utilizarla exclusivamente para el cumplimiento de sus obligaciones legales en esta materia.
  • Sanciones por incumplimiento: Se establecen sanciones y consecuencias legales para aquellas entidades y personas jurídicas que no cumplan con la obligación de inscribirse en el Registro de Titularidades Reales o que proporcionen información falsa o incompleta. Estas sanciones pueden incluir multas económicas significativas y otras medidas disciplinarias.

Estas novedades son un avance significativo en la implementación de las Directivas Europeas en materia de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo. El objetivo principal de estas reformas es fortalecer las medidas de control y prevención, promoviendo la transparencia y la integridad en las operaciones financieras. Al establecer sanciones por incumplimiento, se busca disuadir y sancionar cualquier actividad que pueda estar relacionada con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. En resumen, estas reformas buscan garantizar una mayor seguridad y confianza en el sistema financiero, promoviendo la detección temprana y la prevención de actividades ilícitas. Todo ello contribuyerá a la lucha global contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo