(+34) 91 563 36 12 info@ubtcompliance.com

En los últimos meses se ha podido constatar el auge del Compliance como mecanismo de prevención de riesgos relacionados con la defensa de la competencia. Sin duda alguna, su impulso viene dado por la publicación de la Guía de programas de cumplimiento de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia( CNMC). En la Guía se marcan los criterios de valoración de la eficacia de los modelos y los potenciales beneficios del Compliance en esta práctica.

No obstante, en la guía no se identifican todos los posibles beneficios que puede suponer implantar un programa de cumplimiento ligado a defensa de la competencia. Implantar un programa de prevención de este tipo, proporciona a las organizaciones investigadas acogerse, con mayores garantías, a la denominada “terminación convencional”.

Terminación convencional

La terminación convencional:

“Es un mecanismo extraordinario de terminación de un procedimiento sancionador en materia de acuerdos y practicas prohibidas que se basa en la aceptación por parte de la CNMC de los compromisos ofrecidos por los presuntos infractores para resolver los efectos sobre la competencia derivados de su conducta” (art. 52 LDC).

Programas de cumplimiento y terminación convencional

El hecho de tener implantado un programa de cumplimiento supone tener los mecanismos listos para la detección de un incumplimiento de competencia. Esto supone estar preparado para solicitar la terminación convencional de su caso. Detectar de manera temprana puede suponer la admisión o no para adoptar la terminación convencional. Únicamente serán admitidas las solicitudes que no han tenido efectos irreversibles en el mercado o que el infractor no sea reincidente, entre otros requisitos. Además, la organización, con su solicitud, deberá presentar unos compromisos vinculantes. Estos serán remitidos al Consejo y a los interesados para su valoración y posterior aprobación por parte de la CNMC, quien será también la encargada de vigilar su cumplimiento, y en caso de no cumplir, sancionar.

Beneficios del Compliance y los programas para la terminación convencional

En virtud de lo expuesto, una valoración de riesgos adecuada y una detección temprana de incumplimientos de defensa de la competencia resultan fundamentales para una terminación convencional adecuada. La valoración correcta de los riesgos ex ante supone ajustar unos compromisos vinculantes más certeros y menos dañinos. Por otro lado, una detección temprana permitirá presentar con mayores garantías de admisión la solicitud para una terminación convencional del procedimiento. Asimismo, tener presentes mecanismos de supervisión y control permitirá el seguimiento de los compromisos vinculantes, evitando multas coercitivas(sanciones) por parte de la CNMC.

Desde UBT Legal & Compliance, confiamos en el valor del Compliance en todas las ramas del derecho, aportando soluciones legales a medida y adaptándonos a la idiosincrasia de cada cliente.

Alejandro Chelle, consultor y especialista en Compliance, Blockchain, Protección de Datos y AML.