Con ocasión de la crisis económica nos plantean moratoria alquiler locales. Toda esta crisis ha sido generada por la pandemia del coronavirus que nos ha llevado a esta situación excepcional.
Debido a ello infinidad de establecimientos se han visto obligados a suspender sus actividades de cara al público. Por eso miles de negocios están sufriendo grandes pérdidas, con lo que les hace muy complicado afrontar los pagos de alquiler.
Hay una forma de minimizar los efectos de la pandemia sobre los establecimientos abiertos al público que se ven obligados a cerrar temporalmente. Para ello debemos considerar la posibilidad de obtener una moratoria en la renta que se paga por el alquiler. Incluso en el pago de las cuotas de la hipoteca en el caso de que se tenga en propiedad el bien inmueble.
Muchos establecimientos, especialmente en zonas en las que se ha verificado transmisión comunitaria se ven obligados a cerrar a las diez de la noche. El resultando: prácticamente imposible el sustento de su actividad ordinaria.
Podemos obtener una reducción en el precio del alquiler
Además de obtener la moratoria alquiler locales, puede llegar a obtenerse una reducción en el precio del alquiler. Todo ello siempre durante los meses en los que previsiblemente la actividad vuelva a reiniciarse hasta conseguir una total normalidad.
También hay que tener en cuenta el impacto de las medidas de aforo del local. Estas vienen dadas de forma institucional por el Ministerio de Sanidad o por las Consejerías de Sanidad de cada Comunidad Autónoma y son de obligado cumplimiento.
La imposibilidad del pago del precio del alquiler por el inquilino en las actuales circunstancias de limitación de aforo, no puede considerarse como tal, un incumplimiento imputable al arrendatario.
Para tal fin, judicialmente existe la doctrina de la “rebus sic stantibus” que es una creación jurisprudencial en la que trata de corregir los efectos que pueden provocar el cumplimiento íntegro de los contratos ante circunstancias tan excepcionales como las que las empresas están viviendo actualmente. De tal forma que la situación es tan excepcional que no pudo preverse a la firma del contrato de arrendamiento entre arrendador e inquilino.
En resumen, unas circunstancias tan excepcionales como la actual pandemia, puede dar cabida a renegociar los contratos de alquiler de los locales. Si necesitas que te ayudemos a renegociar tu contrato de alquiler o accionar judicialmente para obtener la posibilidad de lograr la suspensión del pago del alquiler, y en su caso, una reducción del precio durante el tiempo que persistan las medidas institucionales para frenar el Covid-19, no dudes en contactar con nosotros