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La conexión entre Compliance y Criminología: Un enfoque interdisciplinario

Hace unas semanas Matt Petty publicaba en su blog Radical Compliance un interesante artículo en el que reflexionaba sobre si es necesario ser jurista para dedicarte al Compliance, un debate frecuente también en España.

Como criminólogo es un tema que me ha hecho darle unas cuentas vueltas y si bien comparto las conclusiones de Matt, me gustaría divagar un poco, de manera muy superficial, sobre qué narices pinta la Criminología en el Compliance.

¿Son complementarias las finalidades de ambas?

En primer lugar, creo que es conveniente preguntarse qué persigue cada una de estas dos áreas de conocimiento, dejando de lado posibles estereotipos que podamos tener de cada una de ellas. Así, mientras el Compliance (de forma muy resumida) persigue conocer en profundidad la actividad y procesos de una organización para poder determinar sus riesgos, y, de esa manera, gestionarlos y mitigarlos de la forma más eficaz posible; la Criminología tiene como fin último entender por qué se comete un crimen y cómo se podría prevenir.

En ambos casos es clave entender el contexto en que incumplimiento y crimen se pueden cometer, las motivaciones de sus autores, y las barreras o medidas que se podrían establecer para su prevención. Si pensamos en este último aspecto, se puede ver como realmente estamos hablando de lo mismo. Mientras que en Compliance nos centramos en la aplicación de controles y medidas mitigadoras para prevenir, detectar o corregir la posible comisión de un incumplimiento; en Criminología, cuando nos centramos en el corto plazo, estamos apostando por un enfoque de prevención situacional que busca modificar el entorno en que se comete un crimen para evitar que este suceda.

Interdisciplinariedad en Compliance y Criminología: una característica común

Con esto no quiero decir que el Compliance sea cosa de criminólogos (en absoluto), sino que es y debe seguir siendo un área de conocimiento interdisciplinar (exactamente igual que la Criminología, por cierto). El requisito fundamental para dedicarse al Compliance es precisamente ser especialista en Compliance. Ello implica que debemos nutrirnos de todas aquellas áreas de conocimiento que nos sean de utilidad y nos aporten valor.

Es decir, a la hora de llevar el Compliance a la práctica es tan necesario valerse del Derecho, como de otras áreas del conocimiento como las Matemáticas, la Psicología social o la misma Criminología. Además, esto no es nuevo, dado que el mismo Código Penal ya se apoya en otras disciplinas para la inclusión de conceptos como las víctimas especialmente vulnerables, o en cómo mira de reojo a las restantes disciplinas que abordan la explicación de la conducta antisocial.

Oportunidad de mejora y crecimiento

Igual que se imparte formación en los distintos delitos que pueden generar responsabilidad penal en personas jurídicas, puede ser de gran utilidad atender a otras disciplinas para mejorar en aspectos concretos como:

  • En Psicología del testimonio, para la mejora y depuración de la información que podemos recibir en la realización de entrevistas;
  • Victimología (disciplina criminológica), de cara a la primera atención que se puede dar ante la comunicación de irregularidades, así como en la gestión de riesgos como la victimización secundaria, o la implementación de encuestas de victimización para conocer si realmente se están dando determinados fenómenos en nuestra organización.

Estos son sólo dos ejemplos, pero creo que ilustran bien la importancia de que el Compliance se caracterice por su interdisciplinariedad y se encuentre abierto a toda posible contribución de otras áreas de conocimiento, siendo la Criminología sólo una más de ellas. Al final, tanto el Compliance, como el Derecho o la Criminología no son un fin en sí mismo, sino un medio.

Alfonso Martínez Bautista

Criminólogo y consultor en Compliance en UBT Legal & Compliance.