Todas las entidades que integran el sector público (y todos los agentes implicados en la ejecución del Plan de Recuperación) tendrán que organizar en menos de 90 días un sistema antifraude para gastar los fondos europeos. Así se recoge en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada por el Ministerio de Hacienda en el Boletín Oficial del Estado: “Toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación y Transformación deberá disponer de un Plan de medidas Antifraude”.
En la orden ministerial aparecen una serie de cuestionarios para valorar el estado de implementación de las medidas exigidas. De esa manera valorar el estado de cumplimiento y nivel de riesgo de la entidad. En la orden se establece que; tras la realización de la autoevaluación, si el riesgo es superior a bajo se deben de implantar medidas de refuerzo para considerar implantado el <<Plan de medidas antifraude>> exigido por la orden. Estos planes tienen como objeto garantizar y declarar que los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables; en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Para cumplir con las exigencias establecidas y que la valoración del riesgo fruto de la autoevaluación sea inferior a bajo (el riesgo se evaluara anualmente durante todo el Plan; ya que se exigen revisiones anuales de la autoevaluación).
El <<Plan de medidas antifraude>> debe contener:
- Análisis de riesgo inherente de fraude, corrupción y conflictos de intereses;
- Implantación de medidas mitigadores del riesgo de fraude, corrupción y conflictos de interés y cálculo de riesgo actual
- Establecimiento de KPI´s y KRI´s de fraude, corrupción y conflictos de intereses;
- Elaboración de un Código de Conducta y una Política Antifraude, anticorrupción y de ausencia de conflictos de intereses
- Implantación del canal de denuncias (e incluso externalizar la gestión de este).
- Formación en materia de anticorrupción, antifraude y de ausencia de conflictos de intereses.
- Implantación del procedimiento para la recuperación de los fondos de la UE gastados fraudulentamente y de los procedimientos para la gestión de los conflictos de intereses.
Desde UBT Legal & Compliance asesoramos en el cumplimiento de la autoevaluación, además de elaborar e implantar el «Plan de medidas antifraude» exigido por el Plan de Recuperación.
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