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Hace pocos días que entró en aplicación el Reglamento (UE) 2020/1503, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa, el cual fue aprobado el 7 de octubre. Esta normativa es más conocida como más conocido como reglamento europeo sobre crowdfunding,

Este reglamento tiene como objetivo conseguir una regularización armonizada para toda Europa. Es decir, se pretende que las plataformas de financiación participativa operen en igualdad de condiciones en todo Europa.

Novedades del reglamento

Este reglamento, que repercute sobre las reglas de competencia en este sector, tiene las siguientes novedades:

  • La creación de un registro público de todos los proveedores autorizados de servicios de financiación participativa.
  • La posibilidad de que los proveedores de financiación participativa se beneficien del pasaporte europeo. Este pasaporte les posibilita operar transfronterizamente en toda la Unión Europea en igualdad de condiciones.
  • Da la opción de ampliar el acceso a la financiación para las empresas emergentes, las empresas innovadoras y las pymes de todos los países de la UE.
  • La mejora de la protección de los inversores y los clientes de los riesgos operativos.
  • La obligación a proveedores de servicios de financiación participativa; de elaborar planes de continuidad de las actividades para abordar los riesgos asociados a fallos del proveedor de servicios. Además, tendrán que elaborar perfiles de los inversores, para adaptar la información a su nivel de conocimientos y su capacidad de soportar las posibles pérdidas que se pudieran derivar de su inversión.
  • Ampliación del importe máximo financiable por proyecto hasta los 5 millones de euros durante por proyecto hasta los 5 millones de euros. En España, previamente este límite era de 2 millones.

Con todas estas novedades, se mejoran las condiciones para establecer un escenario de igual de condiciones en todos los países de la Unión. No obstante, se dejan abiertas determinadas cuestiones que cada país tendrá que regular conforme a lo que considere oportuno.

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