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El pasado mes de febrero, la Comisión Europea publicó la Estrategia Europea de Datos, con el objeto de convertir la Unión Europea en una sociedad impulsada por los datos. De esta forma, se busca crear un mercado único de datos para que estos fluyan libremente por la UE y entre sectores empresariales, administrativos etc. Por esta vía, se pretende una mayor disponibilidad de estos datos para su uso, así como fortalecer la confianza en los intermediarios y los mecanismos de intercambios de datos en la UE.

Conforme a esta Estrategia, la Comisión ha publicado recientemente una propuesta de reglamento de gobernanza de datos, o Data Governance Act. La nueva regulación prevé los siguientes escenarios:

Disponibilidad de los datos del sector público para su reutilización cuando dichos datos estén sujetos a derechos de terceros.

El principal objetivo de esta sección es establecer las condiciones de armonización para la reutilización de datos del sector público por otras entidades. A su vez, se establecen algunos elementos destacados, entre los que resaltan:

  • Prohibición de establecer acuerdos exclusivos para la explotación de datos.
  • Aplicación de los principios de proporcionalidad, no discriminación y justificación objetiva.
  • Previsión de que las entidades públicas puedan prever obligaciones adicionales.
  • Posibilidad de que los organismos públicos puedan establecer tarifas para el uso de datos por otras entidades. Dichas tarifas deberán estar publicadas en el portal a través del cual se tramitarán todas las solicitudes de reutilización.

Intercambio de datos entre empresas, a cambio de remuneración en cualquier forma.

Se establece que todo prestador de servicios de intercambio de datos deberá seguir un procedimiento de notificación ante la autoridad competente, conforme a unos requisitos.

Además, se determina que no se podrán utilizar los datos intercambiados para otras funciones que no sean la mera prestación del servicio. A su vez, los procedimientos de acceso deberán ser justos, transparentes y no discriminatorio, tanto para los titulares como para los usuarios de los datos.

Permitir el uso y transferencia de datos por motivos altruistas.

Nueva modalidad en la que se admite el intercambio de datos con fines altruistas sin haber, por tanto, contraprestaciones económicas. Para asegurar el funcionamiento y adecuación normativa de esta figura, se prevén dos mecanismos:

  • Inscripción en un registro de operaciones.
  • Desarrollo de un formulario europeo común de consentimiento para la recogida de datos.
  • Garantizar que los interesados puedan dar y retirar su consentimiento.
  • Permitir que los datos se utilicen con la ayuda de un “intermediario de intercambio de datos”. Esta figura está diseñada para ayudar a las personas a ejercer sus derechos conforme al GDPR.

Desde UBT Legal & Compliance le asesoramos en el cumplimiento del RGPD y demás normativa en materia de Protección de Datos, incluyendo este nuevo Reglamento de Gobernanza del Dato.

Juan Ríos García, Departamento de Privacidad.